Archivo mensual: enero 2012

Ante el problema de la impunidad y la incompetencia del gobierno para solucionar problemas de orden público, ¿es una buena alternativa la solución que presentan los grupos de autodefensa que pretenden llevar a cabo una limpieza social?

pregunta[1] que está planteada en el título de este ensayo y que debo responder, requiere para ser contestada, que sea aceptado el supuesto del que parte: que en Colombia hay un problema de impunidad y una incompetencia del gobierno para solucionar problemas de orden público. Pero vale la pena preguntarnos: en la actualidad en la que se presenta como alternativa la solución que proponen[2] los grupos de autodefensas[3] quienes pretenden llevar a cabo una limpieza social”, ¿existe un “problema de impunidad” y una “incompetencia del gobierno para solucionar problemas de orden público”?

Si la respuesta fuera afirmativa, ¿puede considerarse como “buena alternativa la solución  que presentan los grupos de autodefensa que pretenden llevar a cabo una  limpieza social”?. Más que “buena”, ¿esta concepción [“alternativa” / “solución”] es constitucionalmente —y por lo tanto, legalmente— válida?

Por otro lado, esta cuestión no está planteada de manera que sea un Problema Jurídico sino moral en tanto que evalúa con juicios de valor como “buena” o mala la “solución violenta que presentan los grupos […] que pretenden llevar a cabo la limpieza social”. Juicios de valor que son subjetivos, en consecuencia limitan el debate[4] a convencer al auditorio no por medio de argumentos basados en la razón sino a través de las emociones y de las propias concepciones de cada quien. Como no es un Problema Jurídico, no es apropiado que se debata alrededor de él en una clase de Derecho como Lógica y Retórica en la que es regla que en todas las evaluaciones los estudiantes proporcionen argumentos jurídicos basados en el ordenamiento jurídico colombiano (válgase la redundancia).

 

¿Existe un “problema de impunidad” y una “incompetencia del gobierno para solucionar problemas de orden público”?

La palabra “Gobierno” en nuestro contexto nacional, indistintamente de su significado, general y erróneamente, se utiliza para referirse a la “Rama Ejecutiva”, al “Presidente”, a los Alcaldes, a los Gobernadores y al “Estado”. Por otro lado, “Estado” —según el Tratado de la Convención de Montevideo de 1933— es “un conjunto de atributos jurídicos”[5] como “A) una población permanente; B) un territorio definido; C) un gobierno; y D) la capacidad de entrar en relaciones con los otros estados”[6]. Mientras que Gobierno tiene un significado y Estado otro, en el supuesto del que parte el título de este ensayo, no se puede utilizar la palabra “Gobierno” para referirse al Estado, que en el supuesto de la pregunta, sería el que realmente padece el “problema de la impunidad” y no puede solucionar los “problemas de orden público”. El Estado es el que —en la situación de la que parte el título de este trabajo— no puede garantizar los “principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución” y no puede “mantener la integridad territorial ni[7] asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo”, entonces, en el planteamiento de la cuestión, se estaría considerando a Colombia —desde la teoría de diversos estudiosos contemporáneos como Robert I. Rotberg— como un “Estado Fallido o Fracasado”, que en términos lacónicos es “un Estado que tiene grandes dificultades para [o que no puede] mantener el monopolio de la fuerza y garantizar la eficacia de su sistema jurídico”[8], considerando al Estado Colombiano como incapaz de cumplir con los fines esenciales consagrados en el Artículo 2 de la Constitución[9] Política de 1991, porque hay impunidad, porque no hay garantía de los “principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución”; y porque [el Estado] no puede solucionar los problemas de orden público ya que no mantiene la “integridad territorial ni[10] asegura la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo”.

El contexto político de la República ha estado, desde finales de los 60’s hasta la actualidad, enmarcado en la violencia proveniente de diferentes actores —quienes en palabras de Tilly—buscan el “control del territorio” y el “monopolio de la fuerza”[11]: el Estado[12], los grupos guerrilleros, los grupos paramilitares y los cárteles del narcotráfico. Este contexto político parece hoy estar más debilitado desde la llegada del Presidente Álvaro Uribe Vélez al poder en 2003, impulsando la “Política de Seguridad Democrática”, que ha dado gran importancia a la Seguridad como “requisito cardinal para la vigencia real de las libertades y los derechos humanos”[13] y que ha logrado, en virtud de la Ley 975 de 2005 [o Ley de Justicia y Paz], desmovilizar miembros de las FARC, de las AUC, del ELN y de otros grupos “al margen de la ley”. Al lograr esto, el Estado Colombiano, ha ido disminuyendo las filas de estos grupos lo que ha permitido que el conflicto armado se reduzca considerablemente, permitiendo que el Estado logre mantener casi toda la “integridad territorial” y logre cada vez más la garantía de los “principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución”.

La Política de Seguridad Democrática y la Ley de Justicia y Paz, sumadas al combate militar encarado contra los “grupos al margen de la ley”, han logrado disminuir la violencia y reducir la amenaza que estos grupos constituyen para la unidad del Estado Colombiano. Pero por otro lado, éste combate frontal contra estos “actores armados paraestatales” ha generado, luego de la desmovilización de varios de sus miembros y su incorporación a la vida civil, otros grupos armados conformados casi en su totalidad por los “ex integrantes” de estos grupos “al margen de la ley”, tal y como lo confirma el Informe No. 1 de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (CNRR)[14] de Agosto de 2007.

Es evidente que Colombia ha tenido gran avance en la Ley de Justicia y Paz; y que los “derechos a la verdad, la justicia y la reparación han tenido una mayor relevancia en las agendas política y pública”, tal y como lo confirmó recientemente la Alta Comisionada de Derechos Humanos de la ONU en su informe anual[15]. Por la disminución del conflicto armado, la reparación de sus víctimas[16] y la garantía de los Derechos Humanos por nuestro Estado ese contexto de completa impunidad e incompetencia del Estado para solucionar los problemas de orden público —que supone la pregunta del título— no hace parte del tiempo presente del Estado y por lo tanto no se puede utilizar para responder la pregunta formulada en el título de éste trabajo por estar esta formulada para responderse en un momento actual en el que han aparecido nuevos grupos armados que presentan como “alternativa la solución […] de[17] llevar a cabo una  limpieza social”. Ahora bien, para poder responder la pregunta del título, cabe plantear otro contexto muy diferente a que en Colombia hay un problema de impunidad y una incompetencia del gobierno para solucionar problemas de orden público.

 

¿Puede considerarse como “buena alternativa la solución que presentan los grupos de autodefensa que pretenden llevar a cabo una  limpieza social”?

Más arriba probé que el Estado Colombiano no es un Estado para el que se pueda decir que hay un contexto de completa impunidad e incompetencia para solucionar los problemas de orden público —como expresa la pregunta de la que parte este ensayo— porque se han logrado mejoras en cuanto a la garantía de los derechos humanos y en cuanto a la seguridad [orden público], mejoras que han sido reconocidas por la misma Comisionada de Derechos Humanos de la ONU en su informe anual.

A pesar de haber probado esto, voy a plantear la situación en la que el Estado Colombiano es un Estado incapaz de garantizar la justicia [hay impunidad] y es un Estado incapaz de combatir los problemas de Orden Público, por lo que se forman grupos de “autodefensas” o “paramilitares” que “pretenden llevar a cabo la limpieza social”, asumiendo por sí mismos la Justicia y las funciones que hoy le conferimos a la Fuerza Pública [especialmente a la Policía]. Asumamos esto.

Los Panfletos entregados por estos grupos —que “pretenden llevar a cabo la limpieza social”—anuncian que el regreso de la “limpieza social” es contra jóvenes, prostitutas, drogadictos, delincuentes y homosexuales —y ocasionalmente contra toda la comunidad en general porque sus comunicados afirman “Le pedimos perdón a la sociedad si caen inocentes” y porque obligan al toque de queda después de las 10 p.m—.

Voy a intentar aproximarme a una valoración jurídica de esta “solución que presentan [estos grupos]” para no incurrir en valoraciones morales o subjetivas y para poder lograr esto, prefiero dejar atrás el término “buena” por “constitucionalmente” / “legalmente” válido en tanto que estos valoran la limpieza social y el accionar de estos grupos no desde el punto de vista de la moral[18] sino desde el punto de vista de la adaptación de este accionar en la legalidad del ordenamiento colombiano.

Las Bacrim (bandas criminales emergentes) con la “alternativa” de “llevar a cabo una limpieza social”, están rompiendo con todo el marco de legalidad colombiano en tanto que violan la Constitución y la Ley Penal, y además, los tratados y estatutos internacionales ratificados por Colombia sobre Derechos Humanos como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los Convenios de Ginebra y el Estatuto de Roma.

La “Limpieza Social” que adelantan estos grupos en diferentes barrios de Bogotá y de otras ciudades de Colombia son una clara violación del Derecho Fundamental a la Vida consagrado en el Artículo 11 de la Constitución[19] y en el Artículo 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos[20] porque constituyen la interrupción de la vida y son una especie de penas de muerte o una “justicia ejemplarizante”[21] porque con la “limpieza” de la sociedad, las Bacrim pretenden instalar un modelo social [ejemplo] libre de individuos como “Ladrones, viciosos, violadores, jíbaros y prostitutas”[22].

Quepa recordar que estos grupos no tienen la legitimidad ni la soberanía para imponer sus reglas a la comunidad y mucho menos, su “Justicia” basada en la “limpieza social” porque no han sido elegidas por voto popular por el poder constituyente [pueblo] ni han obtenido el poder del Estado por medio de las armas. Ni siquiera si tuvieran la legitimidad o la soberanía, podrían imponer la “limpieza Social”, porque de ser así, ya no estarían incurriendo en “Terrorismo”, sino en “Terrorismo de Estado” violando los tratados y estatutos internacionales ratificados por Colombia sobre Derechos Humanos y pudiendo ser llevados a la Corte Penal Internacional por Crímenes de lesa humanidad[23].

 

FUENTES CONSULTADAS

 CITYTV.COM. AUC distribuyen panfletos en los que indican acciones de ‘Limpieza social’. [Consultado el miércoles 6 de mayo de 2009]. Disponible en <http://www.citytv.com.co/videos/2998/auc-distribuyen-panfletos-en-los-que-indican-acciones-de-limpieza-social&gt;.

COLOMBIA. CNRR. Informe No. 1. [Documento PDF en línea]. [consultado 29 abril de 2009]. Disponible en <http://www.cnrr.org.co/new09/anexo/pdf/informe_1_DDR_Cnrr.pdf&gt;

COLOMBIA. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL. Política de Seguridad Democrática. [Documento PDF en línea]. (2003). [Consultado el martes 28 de Abril de 2009]. Disponible en <www.presidencia.gov.co/seguridad_democratica.pdf>

COLOMBIA. PROGRAMA PRESIDENCIAL DE DERECHOS HUMANOS Y DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO. Aspectos Positivos. [Documento PDF en línea]. [consultado 29 abril de 2009]. Disponible en <http://www.derechoshumanos.gov.co/comunicados/2009/documentos/090306b-aspectospositivos.pdf&gt;

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

Entrevista del General Naranjo para Semana.com. «Las amenazas de los panfletos son realizadas por diferentes autores». [Consultado el miércoles 6 de mayo de 2009]. Disponible en <http://www.semana.com/multimedia-seguridad/amenazas-panfletos-realizadas-diferentes-autores/1737.aspx&gt;

ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL

ROTBERG, Robert, CLAPHAM, Chistopher, HERBST, Jeffrey y Estudio preliminar de MONCADA ROA, Patricia. Los Estados fallidos o fracasados: un debate inconcluso y sospechoso. Bogotá: Siglo del Hombre Editores, Universidad de los Andes, Pontificia Universidad Javeriana, 2007.

SOUSA SANTOS, Boaventura de y GARCÍA VILLEGAS, Mauricio. El Caleidoscopio de las Justicias en Colombia. Bogotá: Siglo del Hombre Editores, 2001. Tomo 2.

TILLY, Charles. War Making and State Making as Organized Crime. En : P. Evans; RUESCHEMEYER, Dietrich y SKOCPOL, Theda (eds.). Bringing the State Back In. Cambridge : Cambridge University Press, 2000.


[1] Para hablar acerca de la pregunta (Ante el problema de la impunidad y la incompetencia del gobierno para solucionar problemas de orden público, ¿es una buena alternativa la solución  que presentan los grupos de autodefensa que pretenden llevar a cabo una  limpieza social?), utilizaré los términos “cuestión”, “pregunta”, “problema” y “título”.

[2] La negrita es mía.

[3] Para referirme a los grupos de “autodefensas” que han repartido panfletos que amenazan con “llevar a cabo una limpieza social” prefiero utilizar un término muy usado por la Fuerza Pública: Las Bacrim (bandas criminales emergentes) para evitar referirme a uno solo porque pueden ser varios grupos los que desempeñan esta actividad tal y como dijo el General Oscar Naranjo en una entrevista para la revista Semana del 03/18/2009: «Las amenazas de los panfletos son realizadas por diferentes autores». [Consultado el miércoles 6 de mayo de 2009]. Disponible en <http://www.semana.com/multimedia-seguridad/amenazas-panfletos-realizadas-diferentes-autores/1737.aspx&gt;

[4] Me estoy refiriendo al debate de la clase entre el Grupo 5 y el Grupo 6 alrededor de la pregunta (Ante el problema de la impunidad y la incompetencia del gobierno para solucionar problemas de orden público, ¿es una buena alternativa la solución  que presentan los grupos de autodefensa que pretenden llevar a cabo una  limpieza social?).

[5] ROTBERG, Robert, CLAPHAM, Chistopher, HERBST, Jeffrey y Estudio preliminar de MONCADA ROA, Patricia. Los Estados fallidos o fracasados: un debate inconcluso y sospechoso. Bogotá: Siglo del Hombre Editores, Universidad de los Andes, Pontificia Universidad Javeriana, 2007, p. 54.

[6] Tratado de la Convención de Montevideo de 1933. Artículo 1.

[7] La negrita es mía.

[8] ROTBERG, Robert, CLAPHAM, Chistopher, HERBST, Jeffrey y Estudio preliminar de MONCADA ROA, Patricia. Los Estados fallidos o fracasados: un debate inconcluso y sospechoso. Bogotá: Siglo del Hombre Editores, Universidad de los Andes, Pontificia Universidad Javeriana, 2007, p. 15.

[9] ARTICULO 2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

[10] La negrita es mía.

[11] TILLY, Charles. War Making and State Making as Organized Crime. En : P. Evans; RUESCHEMEYER, Dietrich y SKOCPOL, Theda (eds.). Bringing the State Back In. Cambridge : Cambridge University Press, 2000.

[12] Incluyo al Estado en esta enumeración porque el Estado —en palabras de Tilly— al combatir con los grupos al margen de la ley, está tratando de ejercer un ejercicio de dominación que le dé el “monopolio de la fuerza” (o de la violencia) para que sea así, legítimo y soberano.

[13] COLOMBIA. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL. Política de Seguridad Democrática. [Documento PDF en línea]. (2003). [Consultado el martes 28 de Abril de 2009]. Disponible en <www.presidencia.gov.co/seguridad_democratica.pdf>

[14] COLOMBIA. CNRR. Informe No. 1. [Documento PDF en línea]. [consultado 29 abril de 2009]. Disponible en <http://www.cnrr.org.co/new09/anexo/pdf/informe_1_DDR_Cnrr.pdf&gt;

[15] COLOMBIA. PROGRAMA PRESIDENCIAL DE DERECHOS HUMANOS Y DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO. Aspectos Positivos. [Documento PDF en línea]. [consultado 29 abril de 2009]. Disponible en <http://www.derechoshumanos.gov.co/comunicados/2009/documentos/090306b-aspectospositivos.pdf&gt;

[16] Decreto 1290 de abril de 2008.

[17] La negrita es mía.

[18] Si lo analizáramos con la moral cristiana, es claramente reprobable en tanto que viola el quinto mandamiento.

[19] Artículo 11. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.

[20] Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

[21] SOUSA SANTOS, Boaventura de y GARCÍA VILLEGAS, Mauricio. El Caleidoscopio de las Justicias en Colombia. Bogotá: Siglo del Hombre Editores, 2001. Tomo 2.

[22] Tomado de CITYTV.COM. AUC distribuyen panfletos en los que indican acciones de ‘Limpieza social’. [Consultado el miércoles 6 de mayo de 2009]. Disponible en <http://www.citytv.com.co/videos/2998/auc-distribuyen-panfletos-en-los-que-indican-acciones-de-limpieza-social&gt;.

[23] Artículo 7. Crímenes de lesa humanidad.1. A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por «crimen de lesa humanidad» cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque: a) Asesinato; b) Exterminio; c)Esclavitud; d) Deportación o traslado forzoso de población; e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional; f) Tortura; g) Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comparable; h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género definido en el párrafo 3, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el presente párrafo o con cualquier crimen de la competencia de la Corte; i) Desaparición forzada de personas; j) El crimen de apartheid; k) Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.

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12 Angry Men (Análisis de Falacias Lógicas)

12 Angry Men” o “12 Hombres en Pugna” es un filme Estadounidense de 1957, dirigido por Sidney Lumet y protagonizado por Henry Fonda (Miembro del Jurado Nº 8) en él, un jurado compuesto de 12 Hombres se reúne para dictaminar, unánimemente, si el adolescente acusado de parricidio es Culpable o Inocente.

La reunión del jurado acontece en lo que el miembro Nº 7[1] califica falazmente como “El Día más caluroso del año”. Éste será el calificativo que demuestra que algunos miembros del jurado estaban apresurados por sentenciar al acusado culpable para así poder salir rápidamente y llegar a sus casas, a sus trabajos o a algún partido de baseball.

Al comienzo de la reunión y en una primera votación, 11 de los 12 hombres del jurado sentencian al acusado culpable. Sólo un miembro, el Nº 8, disiente de esta decisión argumentando que no se debe tomar una decisión tan apresurada que pueda dar lugar a errores porque de esa decisión depende la vida de alguien que puede ser o no ser inocente, por lo que el Honorable Jurado debe deliberar más. El miembro Nº 8 con su argumentación está haciendo uso de una Falacia por Argumento ad Ignorantiam en forma de la Presunción de Inocencia[2] del acusado. En palabras de Irving Copi y de Carl Cohen, autores de Introducción a la Lógica, esta falacia sería pertinente en esta circunstancia: “Hay un contexto especial en el cual la Apelación a la ignorancia es común y apropiada, a saber, el de un juzgado, donde un acusado se considera inocente hasta que no se ha probado su culpabilidad”[3].

Los demás miembros del jurado, atónitos por la decisión del número 8 intentan convencerle, argumentando uno por uno, que él [Miembro Nº 8] está equivocado al dudar de la culpabilidad del acusado. Estos argumentos son fácilmente confrontables dado que son producto de errores en el razonamiento, falacias y por lo tanto, son inválidos y al ser inválidos, no pueden ser definitivos para sentenciar culpable al acusado de parricidio.

En primer lugar, el Miembro Nº 3 le dice al Nº 8 lo siguiente: “¿De qué hablamos? Once creemos que es culpable, nadie lo va a pensar 2 veces salvo usted” y en “Aún somos once los que pensamos que es culpable”. Con esto, el miembro No. 3, quiere significar que porque once votaron “culpable” es inútil deliberar y tratar de convencer a sólo uno [Nº 8]. Al decir lo anterior, se incurre en una falacia por “Apelación Inapropiada a la Autoridad[4] (Argumento Ad Verecundiam)”[5] porque el Nº 3 dice que a razón de que 11 hayan votado culpable, por el simple hecho de ser mayoría, su decisión es la correcta. Esta posición falaz es fácilmente contra-argumentada al tomar como precedente los casos en los que algunos Jurados se han equivocado al llevar a la cárcel a acusados que después se demostró eran inocentes de los cargos imputados.

En segundo lugar, el miembro Nº 10 dice: “No van a decirme que debemos creerle a ese chico sabiendo lo que es, he vivido entre ellos toda mi vida, no se puede creer en ellos, nacieron mentirosos”. Basado en lo anterior, se puede inferir que el Miembro Nº 10 está diciendo que porque el acusado es un adolescente de 18 años, su palabra no es digna de ser creída porque los jóvenes, por el hecho de ser jóvenes, “nacieron mentirosos”. El anterior argumento del miembro Nº 10 incurre en la Falacia por Accidente[6], porque está aplicando una generalización a un caso individual (un prejuicio), está generalizando a todos los adolescentes como mentirosos y por lo tanto, desacreditando al acusado por el hecho de ser adolescente.

En tercer lugar, el miembro Nº 4 comete una falacia de Petitio Principii (Petición de Principio) al decir: “Nació en un barrio bajo. Los barrios bajos son caldo de cultivo de criminales. Lo sé yo y lo saben ustedes (…) No es secreto que los chicos de condiciones bajas son potenciales amenazas a la sociedad”. Quienes cometen la Falacia por Petitio Principii como el miembro Nº 4 -en palabras de Copi y de Cohen- “…no se dan cuenta de que han supuesto aquello que deben probar. Ese hecho se puede obscurecer mediante sinónimos confundentes, o por una cadena de argumentos. Cada petición de principio es un argumento circular” [7]. Esa “argumentación circular”, propia de éste tipo de falacia es visible al notar que “Criminales” y “Potenciales Amenazas a la sociedad” en el sentido dado por el miembro Nº 4 son sinónimos (“confundentes”) porque la palabra “Criminales” es sería sinónimo de decir “Potenciales amenazas a la sociedad”.

En cuarto lugar, cuando el miembro del jurado Nº 8 confronta los argumentos falaces y hace dudar a los demás del peso probatorio de las pruebas y testimonios del caso, algunos miembros como el Nº 3, Nº 7 y el Nº 10, sin fundamento alguno, empiezan a atacar a los miembros que defienden al acusado, cometiendo la falacia Ad Hominem[8].

Las Falacias Ad Hominem se pueden clasificar en dos tipos: Abusivo y Circunstancial. El primer tipo está presente cuando se menosprecia el carácter de los interlocutores, cuando se niega su “inteligencia o racionalidad, cuando se cuestiona su integridad y “así sucesivamente”. El segundo tipo sucede cuando se acusa “particularmente al adversario de incurrir en una inconsistencia –entre sus creencias o entre lo que dice y hace- lo cual viene a ser un tipo de abuso o reproche”.

Ejemplos claros de estos ataques “contra el hombre” y no contra los argumentos se encuentran claramente en: “Los chicos que salen de esos lugares [los barrios bajos] son basura” (Ad Hominem Abusivo); cuando Nº 7 le dice a Nº 8: “Es como hablar con un teléfono descompuesto” (Ad Hominem Abusivo); Nº 3 le manifiesta a Nº 9: “Usted siempre con esas ideas [las que se refieren a la inocencia del acusado] mejor mándelas a un diario para que le paguen $ 3” (Abusivo); “¿Cómo puede inventar algo así? ¿Qué sabe usted?” (Ad Hominem Abusivo); “Mire Baltimore, no se ponga nervioso conmigo” (Abusivo), Nº 7 dirigiéndose a Nº 6; “Es un viejo, ¿cómo puede estar seguro de algo?” (Abusivo); “Ud. Votó culpable, ¿De qué lado está?” (Ad Hominem Circunstancial).

En quinto lugar, había dentro del Honorable Jurado varios miembros que no estaban muy convencidos o que no argumentaban su decisión de condenar al acusado y que habían votado por afán de irse temprano o influidos por los demás miembros, no estaban realmente convencidos de su decisión. Como cuando uno de los miembros del Jurado soporta su decisión: “Creo que es culpable. Pensé que era obvio, nadie probó lo contrario”. Esto es un argumento muy frágil que puede ser contrariado muy fácilmente al decir que no es obvio que alguien sea culpable o no porque las pruebas muchas veces pueden ser erróneas o no lo suficientemente fuertes como para dictaminar algún veredicto.

Luego de haber confrontado sus argumentos con los argumentos y los ataques de algunos miembros del jurado, Nº 8 logró finalmente convencerlos y hacer que votaran unánimemente por la “Duda Razonable” que permitió la absolución del acusado de parricidio. Todo esto fue posible porque sus argumentos eran firmes y no cometían todas las falacias en las que incurrían los argumentos contrarios.


[1] El orden numérico de 1 a 12 viene dado por el modo en que los miembros del jurado estaban sentados en la mesa de deliberación: En sentido de las manecillas del reloj empezando por el moderador (Nº 1), sentado en la “cabeza” de la mesa  hasta el publicista que lleva gafas (Nº 12.)

[2] “Todo el mundo es inocente hasta que se demuestre lo contrario”

[3] COPI, Irving M. y COHEN, Carl. Introducción a la Lógica. México: Grupo Noriega Editores, 2004. p. 129.

[4] En este caso, sería una Apelación a la Mayoría.

[5] Ibíd., p. 129 – 131.

[6] Ibíd., p. 135 – 137.

[7] Ibíd., p. 137 – 138.

[8] Ibíd., p. 132 – 135.

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Sin Documentos

Nota: Este es un correo que afortunadamente nunca llegó a la destinataria.

Hola, como van? Aquí los he estado extrañando, ustedes me hacen  mucha falta.

Qué ha pasado que yo ya no los llamo ni ustedes a mí? qué es lo que ha pasado que ya no nos vemos? por qué el tiempo pasa y la vida no nos alcanza para que ustedes sientan lo que siento yo por ustedes? (inspirado en Sanalejo)

Yo ya casi no los recuerdo. Ustedes dos nos hacen mucha falta a Perlita y a mí.  Me gustaría saber que es lo que ha pasado en sus vidas: qué juegos ha jugado Marlon y que gente ha conocido Karen. Saber como van en el colegio; como se han sentido; que les ha pasado; que han logrado; qué han perdido. Qué han aprendido y qué han desconocido. Cuáles son sus temores y tristezas, sus alegrías y triunfos. Saber si nos han extrañado o si ya no nos quieren más. Porque yo si los quiero mucho. Siento tantas cosas por ustedes. Me sentía feliz cuando jugaba con Marlon, como cuando escuchaba a Karen hablarme de sus amigos, «novios» y emociones. Me gustaría volver a escucharlos y a estar con ustedes dos, como también con sus papis y con Luna.

Me gustaría decirle a Karen lo mucho que la amo. La amo verdaderamente. La quiero mucho, siento tantas cosas lindas por ella. Pero lástima que el corazón de Karen ya le pertenezca a otro que tal vez ni se la merezca. Otro que no pueda darle el mismo amor que yo pude darle.

Karen, me gustaría volver a estar contigo, volver a conocerte como si fuera la primera vez. Y repetir ese día. No cometer el error de dejarte ir, de alejarte de mí. De dejarte perder. Me distraje en otras cosas que ahora lamento. Nunca tuve tiempo para amarte como te lo merecías, me rendí en tu conquista. Debí pedirle al tiempo que me devolviera el tiempo perdido. Pedirle otra oportunidad a Cupido. Pedirle a Cupido que acercara tus labios a los míos. Estrechar tu cuerpo con el mío para que se acabe finalmente el frío que siento en mi corazón. Karen, simplemente te AMO.

 

Simplement, Je t’aime!!!,

Je t’aime toujours,

Je t’aime de toutes les formes,

Je t’aime avec un amour  nu,

Je t’aime avec un amour  croissant comme la mer sous la lune.

Je t’aime au matin,

Je t’aime à la nuit,

Mon amour a du gratin,

Mon cœur est cuit.

Je t’aime avec la parole,

Je t’aime sans l’orthographie,

Je t’aime sans l’échelle,

Je t’aime avec philosophie.

Mon amour n’a pas des documents,

Que c’est un amour illégal

Mon amour n’a pas des regents,

Que c’est un amour libéral.

Je t’aime au naturel,

Mais, je t’aime avec ton sucre,

Et aussi avec ta sel.

Je t’aime sans l’honte

Je t’aime sans péché

Je t’aime sans la compte

Je t’aime sans le moche.

Mon amour n’a pas des paroles

Mon amour n’a pas des mètres

Mon amour est comme ça

Mon amour n’est pas comme les autres

Simplement Je t’aime.

Lay : Composición poética amorosa enprovenzal o en francés.

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La Cadena Perpetua: Una «solución» contra el violador

“A aquel que abuse de un niño,

más vale que le aten una roca al cuello y lo echen al mar”

Proverbio Bíblico

Un reciente informe del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) dice que siete de cada diez casos de violaciones en nuestro país tienen como principales víctimas menores de 14 años. Casos que son presentados “como el pan de cada día”, del cual salen por lo menos 20 condenados por estos delitos “atroces”.

Simón Gaviria y David Luna, representantes a la Cámara presentaron recientemente un proyecto de ley que promete dar la pena justa a los abusadores sexuales: la cadena perpetua[1].

Todos lo vimos durante la entrevista de Pirry a Garavito: vimos su cinismo, vimos que nos cree “estupidos” con esos “cuentos”, que está más loco y que cuando salga va a correr peligro o va a poner en peligro a los niños

A partir de este aumento del tiempo de cárcel para los abusadores sexuales, se ejercería mejor la justicia que muchas veces parece floja o “laxa” frente a este tipo de delito, que actualmente da como pena al peor asesino y violador en serie de Colombia, Luis Alfredo Garavito: 14 años de cárcel que han sido notablemente reducidos por “buena conducta”, por ser religioso y por decir “Dios me iluminó y ahora soy una persona completamente libre de pecado”[2] . Esta “hipocresía”, éste cinismo y esta impotencia de la justicia que es dura con unos y frágil con otros finalmente deja problemas, incertidumbres, tristeza y odio en la vida no solo de la victima, sino también de quienes le rodean: “Tirándole completamente su vida”.

La fragilidad del castigo no es el primer problema que hace parte de nuestra “laxa”[3] justicia calificada muchas veces de “doble-moralista”, de esta fragilidad sin sentido que se encuentra también en la Fuerza Pública que espera que el ciudadano esté realmente en peligro para actuar; ignorando el dicho popular que dice: “Es mejor prevenir que curar”. Dicho que muy seguramente no aplicaron los dos policías que en Momil, Córdoba, dejaron a merced de un violador de 59 años dos niñas que fueron violadas y grabadas “ocultamente” por la policía para que luego esta pudiera salir en persecución y captura del criminal[4].

En nuestro país, parece haber una constante que le indica a los policías y a la “fuerza pública” en general, en no fijarse en los delincuentes, sino en mirar a los ciudadanos como los mayores enemigos. Por ejemplo, los policías sacan multas por el pico y placa, por estacionarse en calles prohibidas, por conducir rápido, etc. Multas que son puestas muchas veces para velar por la seguridad y el orden, como otras que son injustas porque no se fijan en las necesidades momentáneas del ciudadano, en sus urgencias, en fin, en las circunstancias que se presentan, como cuando una persona tiene que manejar rápido porque si no lo hace algún ser querido puede correr peligro de muerte. ¿Si no perdonan a un ciudadano, por qué deben perdonar a los políticos corruptos, por qué deben perdonar a los paramilitares, por qué deben perdonar a los violadores y asesinos que hacen mucho daño a Colombia?

“El estado es permisivo pero no”. Porque, ¿como es que hay una rigidez con los honestos y una debilidad con los corruptos? ¿Por qué el estado colombiano deja o “fomenta el desorden” permitiendo que haya “Zonas de Tolerancia” donde se permite el ejercicio de la prostitución, bares, moteles, discotecas gay, entre otras formas del desorden y de la inmoralidad?

 FUENTES CONSULTADAS

§  N.n. “Proponen en Colombia cadena perpetua para asesinos y violadores de niños”. Documento [WWW]. http://www.fac.mil.co/index.php?idcategoria=12520&PHPSESSID=…67bc89b67fbff609069aee1db

§  Entrevista a Luis Alfredo Garavito por Pirry. RCN Televisión. 2006.


[1] N.n. “Proponen en Colombia cadena perpetua para asesinos y violadores de niños”. Documento [WWW]. http://www.fac.mil.co/index.php?idcategoria=12520&PHPSESSID=…67bc89b67fbff609069aee1db

[2] Entrevista a Luis Alfredo Garavito por Pirry. RCN Televisión. 2006.

[3] Significa frágil, relajado, libre, débil.

[4] N.n. “Violador capturado en Córdoba se declaró culpable”. Documento [WWW]. http://www.bienestarfamiliar.gov.co/espanol/Noticias3.asp?IdNot=169.

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Juicio Justo

Con los alarmantes casos de violadores en nuestro país en la última década, se está planteando la posibilidad de ignorar un pasaje de la Constitución que dice que “no habrá pena de muerte” al pensar en aplicar ésta pena a violadores de niños o pederastas.

Las recientes noticias de abusadores sexuales, del hombre que le tocó una nalga a una mujer y del famoso caso del violador y asesino en serie Luis Alfredo Garavito, están poniendo a pensar no solo a los legisladores ni a los políticos, sino a la ciudadanía en general, sobre una reevaluación de la pena de 40 años de cárcel, máxima en la Justicia Colombiana a un castigo mayor como sería la cadena perpetua o la muerte.

El caso de Pablo Enrique Díaz, el hombre que violó a su hijastra, y quien fuera la primera paciente del Aborto Legal en Colombia actualmente está pagando la pena de 9 años de cárcel, tiempo que con las rebajas a que ha sido sometido quedará en la mitad. Otro abusador, Germán Bustos, quien será liberado en un año por violar a una niña. O el caso de Erick Fernando Gaviria Villegas, quien recibió una condena de 26 años de prisión por violar a una niña de 5 años.

Casos como los anteriores, demuestran la debilidad de la justicia colombiana al juzgar y castigar criminales con penas que muchas veces no guardan una “proporción” con el delito mismo. Y si no se tiene esta “proporción” o esta ecuanimidad en nuestro sistema penal, ¿cómo es que se piensa aplicar la cadena perpetua o la pena de muerte a abusadores sexuales, a asesinos en serie y a todos los delincuentes?

Pero hay que ponernos a pensar en lo que derivaría la pena de muerte o la cadena perpetua: El derecho a la vida ya dejaría de ser un derecho fundamental para los ciudadanos pasando a ser un derecho que puede ser “omitido”;  el sistema penal sería más violento y más inútil, porque las penas no paran a los individuos y menos a los delincuentes, haciéndolos más inteligentes y sagaces al armar sus delitos y al esconderlos, y finalmente, dándoles más deseos, más miedos y más premeditación de los crímenes.

Por las razones anteriores, se podría pensar “utópicamente” en un sistema penal educativo, reformatorio y readaptativo del criminal a la sociedad. O en su defecto, el  violento Método de Ludovico, que fue utilizado en la Naranja Mecánica de Anthony Burguess. Con este método reeducativo y readaptativo por el que pasó Alex (personaje principal de la Naranja Mecánica) en el cual le mostraban imágenes violentas que aunadas a que estaba siendo drogado provocaban dolor físico, ansiedad y tristeza en él, dando como resultado en Alex, una relación entre los crímenes y el dolor físico, resumido en una aversión a la violencia y a los crímenes tanto violentos como sexuales. Aunque con esta técnica, si se aplicara, cosa que no es muy posible porque es una forma violenta y “deshumanizadora” de corregir, se conseguiría dejar a sus pacientes como “castrados sociales”.

Los violadores, querámoslo o no, siguen siendo seres humanos como explica Sebastián Cordero, un renombrado director de cine ecuatoriano conocido por Ratas, Ratones y Rateros ante una entrevista concedida al diario El Tiempo cuando se le pregunta: “Hay muchísimas películas inspiradas en asesinos en serie, ¿qué diferencia la suya?” responde: “Claro que las hay, pero todas se van por el estereotipo del asesino en serie y se pierde lo más fascinante: su lado humano, que convive con el monstruoso”. En la entrevista, el cineasta responde también que “vivimos en sociedades poco tolerantes y es muy fácil decir que tal individuo es un “monstruo”, quitándole la humanidad que también tiene”. En tal caso, si se debiera aplicar un castigo a Garavito y a los demás violadores, tal pena tendría que ser “humanizadora”, “justa” y digna para un ser humano que tuvo un tropezón muy grande contra el mundo: un tropezón ilegal e inmoral.

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Animal Instincts

Las reacciones de los seres humanos frente a las dificultades que nos presenta nuestro medio ambiente y social no son siempre pacíficas, amorosas o protectoras. Estas reacciones o instintos ayudan al hombre a  “mantener y vivir una existencia de verdad humana en una época inhumana”.

Corre por las praderas a la persecución de un animal más grande y fuerte que él, su semblante duro y frágil al tiempo se acompaña de rugidos, gruñidos y gestos chimpancescos. No va solo, se acompaña de sus semejantes, que hacen rugidos, gruñidos y gestos igual de chimpancescos. Su naturaleza no es mayor que la de seres roñosos, carnívoros y carroñeros provenientes de épocas anteriores.

La persecución se detiene. La gran bestia perseguida es ahora rodeada por seres muy insignificantes en tamaño pero no en inteligencia. Su creatividad se muestra en su estrategia y en sus largos báculos con cuchillas en uno de los extremos. Báculos o lanzas que sin dudar encuentran la carne de la bestia y la atraviesan. Un montón de carne fresca termina tendida sobre el suelo que en poco tiempo terminará en las bocas de sus cazadores. Los Instintos Asesinos de estos Homo Sapiens[1] han funcionado una vez más.

Pareciera que lo anterior se tratara de un documental de la National Geografic, Discovery Channel o Animal Planet, pero se trata más de lo que fue una realidad hace miles de años, antes de la historia, para muchos seres que son hoy seres humanos. Esta realidad, no concluida se encuentra y se exprime desde lo más recóndito de la psique, aún en nuestra vida diaria, cuando afrontamos desesperadamente los problemas que nos pone el medio en el que vivimos.

Por ello, para hablar de lo humano hay que comenzar a hablar de lo animal, y para hablar de lo animal hay que hablar de lo instintivo. Hay que retomar los estudios de Pavlov sobre el acondicionamiento animal, de Tinbergen sobre los patrones sociales de los animales, de Lorenz acerca del desarrollo y herencia de los instintos animales y de Frisch sobre los cuatro estímulos clave que desencadenan los instintos[2]. Por esto, “El Ello, El Yo y El Superyo”[3]: las tres instancias de la mente humana definidas por Freud, no son solo parte del ser humano; vienen conformadas también de un principio en los animales.

Por ello, cuando la selección natural de Darwin se activa en la mente de cada quien, es difícil que el individuo se rinda ante las dificultades del medio. Tales reacciones no son siempre pacíficas, amorosas o protectoras. La violencia innata de cada uno nos hace actuar de tal forma que nos ayuda a sobrevivir para luego evolucionar. Darwin dijo: “Un organismo compite no sólo con otros individuos de la misma especie, sino también con individuos de otras especies, lo cual convertirá a sus descendientes en competidores más fuertes”[4].

Esta supervivencia o estos instintos no son siempre fundamentados en matar para alimentarnos ni en escapar de los depredadores, sino de “mantener y vivir una existencia de verdad humana en una época inhumana[5]. Por ello discutimos o peleamos cuando hay diferencias entre nosotros, solo para defender nuestros argumentos y principios. También, cuando nos defendemos aguerridamente frente a un grupo de “jueces” quienes están en contra de nosotros. En fin, en la búsqueda de soluciones que sirvan de una u otra forma a defender todo lo que hace parte de nosotros: nuestra familia, nuestra casa, nuestro trabajo, nuestra vida, nuestra salud, nuestras ideas, nuestra libertad: Nuestra Existencia.

Por ello es razonable hablar de la violencia innata del ser humano, una violencia instintiva y existente en el propio ser, que desde sus principios ha mantenido una relación de conflicto con el medio social mostrada en la violencia y en las guerras que han transcurrido y que han dibujado nuestra historia como nuestro propio ser.

Este tema, tan profundo como tan amplio, y que tanto se ha escrito sobre él, aún se torna inagotable para desencadenar tanto la inspiración como la investigación y seguirá dando pie a la creación artística, como a la creación filosófica y científica.


[1] Término latino usado para designar a la especie humana.

[2] GISPERT, Carlos y otros. Autodidáctica Océano Color. “Las Investigaciones de Pavlov”. Tomo 2. Pág. 502. Océano Grupo Editorial. Barcelona, España. 1997.

[3] GISPERT, Carlos y otros. Autodidáctica Océano Color. “El Psicoanálisis Clásico: Freud”. Tomo 2. Pág 510. Océano Grupo Editorial. Barcelona, España. 1997

[4] BEJARANO MONTERO, Cesar Augusto y otros. Portal de la Ciencia 9. “Darwin y el origen de las especies”. Pág 131. Grupo Editorial Norma. 2006.

[5] Cita tomada del la reseña de sobre Gibran Khalil Gibran en su libro El Profeta y El Loco. Solapa posterior. Editorial Pomaire. 1976.

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